Letrero de USCISImagen: Gulbenk · Wikimedia Commons · CC BY-SA 3.0 (editada)

Admitir que usaste drogas puede costarte la green card

La BIA decidió el 22 de septiembre que, si en tu entrevista de residencia admites bajo juramento que poseíste o usaste una droga ilegal, eso puede bastar para declararte inadmisible, aunque antes no te expliquen la definición legal del delito.

Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 4 min de lectura

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) decidió el 22 de septiembre de 2026 que, si en tu entrevista de residencia admites bajo juramento que poseíste o usaste una droga ilegal, esa admisión puede bastar para declararte inadmisible y negarte el ajuste de estatus. Ya no es necesario que el oficial te explique antes la definición legal del delito. Importa porque en la entrevista de ajuste de estatus tus respuestas pueden quedar registradas bajo juramento y usarse después en tu contra.

Qué pasó

El caso se llama Matter of Mendez Maldonado y quedó publicado como precedente: la decisión de la BIA (30 I&N Dec. 62). El solicitante, ciudadano de México, tuvo su entrevista de ajuste de estatus en USCIS, en Tucson, Arizona, el 27 de septiembre de 2016, con intérprete de español. Allí admitió que había poseído y usado cocaína: dijo que la compraba en la calle y que la consumió cada mes durante dos años.

El 28 de octubre de 2019, un juez de inmigración le negó la residencia por esa admisión. La BIA rechazó su apelación en septiembre de 2026.

Qué dice la norma y qué cambió

La Ley de Inmigración y Nacionalidad declara inadmisible a quien haya sido condenado por una violación de cualquier ley relacionada con una sustancia controlada (según la definición de la ley federal), y también a quien admita haberla cometido o admita haber cometido los actos que constituyen los elementos esenciales de ese delito. Es decir, no hace falta una condena: la propia admisión cuenta.

Desde 1945 y 1957, dos precedentes (Matter of J- y Matter of K-) exigían que a la persona se le diera una definición adecuada del delito, con todos sus elementos, antes de aceptar su admisión como válida. La BIA los revocó. Su razonamiento fue que la ley no pide esa explicación previa y que la Junta no puede imponer requisitos que el Congreso no puso. Para la BIA basta con que la admisión sea voluntaria y que la persona tenga después una audiencia justa.

Dos detalles del caso:

  • El oficial de USCIS sí le explicó la ley de Arizona antes de que respondiera. La BIA dijo que ese oficial hizo incluso más de lo necesario.
  • Además, el solicitante reconoció el consumo bajo juramento ante el juez de inmigración y con su abogado presente. La BIA señaló que esa admisión era, por sí sola, otra base independiente para confirmar la decisión.

Según el reglamento federal, las decisiones precedentes de la BIA obligan a los oficiales de DHS y a los jueces de inmigración.

¿Esto afecta a los dominicanos?

La decisión no distingue nacionalidades: aplica a cualquier persona que pida ajuste de estatus dentro de Estados Unidos, incluidos dominicanos casados con ciudadanos o residentes, hijos o padres de ciudadanos, o beneficiarios de otras peticiones familiares. Quien tenga una entrevista pendiente en USCIS debería tenerlo presente.

Para quienes viven en República Dominicana y tramitan una visa de inmigrante, la situación es distinta en un punto: la entrevista la hace un consulado del Departamento de Estado, y esta decisión se refiere a una entrevista de USCIS. La causal de inadmisibilidad de la ley, sin embargo, es la misma, así que conviene prepararse igual.

También hay que saber que la ley prevé una dispensa muy limitada para esta causal: la del artículo 212(h) cubre únicamente un solo delito de simple posesión de 30 gramos o menos de marihuana, y con requisitos adicionales. Para otras sustancias, esa dispensa no aplica.

Qué no significa esto

  • No es una ley nueva ni una regla de USCIS. Es una decisión de la BIA, que puede ser revisada por tribunales federales en algunos casos.
  • No significa que cualquier conversación sobre drogas cierre la puerta. Cuentan los hechos concretos que se admiten y si la sustancia está controlada según la ley federal.
  • No cambia la exigencia de que la admisión sea voluntaria ni el derecho a una audiencia justa. XX

Qué podría pasar después

La decisión ya está vigente como precedente. Lo que queda por ver es cómo la aplicarán USCIS y los jueces en otros casos, y si algún tribunal federal la revisa.

Qué hacer

  • Antes de tu entrevista, repasa tu historial con un abogado de inmigración de confianza, sobre todo si alguna vez tuviste un problema relacionado con drogas, incluso sin condena.
  • No mientas ni inventes respuestas. Si no entiendes una pregunta, pide que te la aclaren o que te la repitan con el intérprete.
  • Puedes llevar a tu abogado a la entrevista.
  • Si ya tienes un caso en trámite, no tomes decisiones por tu cuenta. Consulta tu situación con un profesional antes de tu cita.
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