Fianza de ICE: el Tesoro fija el interés en 3% hasta enero
El Tesoro fijó en 3 % anual el interés sobre el efectivo depositado como fianza migratoria de ICE, del 1 de octubre de 2026 al 31 de enero de 2027. Es el máximo que permite la ley y no cambia los montos ni los requisitos de la fianza.
Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 3 min de lectura
El Departamento del Tesoro fijó en 3 % anual el interés que se paga sobre el dinero en efectivo depositado como fianza migratoria de ICE. Esa tasa rige del 1 de octubre de 2026 al 31 de enero de 2027 y coincide con el máximo que permite la ley. Es un aviso administrativo: no cambia los montos ni los requisitos de las fianzas, pero sí define cuánto interés genera el efectivo mientras queda depositado.
Qué pasó
El Tesoro publicó el aviso «Interest Rate Paid on Cash Deposited To Secure U.S. Immigration and Customs Enforcement Immigration Bonds» en el Registro Federal. Es el documento 2026-20375 y aparece en la página 63385 del volumen 91.
- 1 de octubre de 2026: empieza el período al que se aplica la tasa.
- 2 de octubre: el aviso fue presentado para su publicación.
- 5 de octubre: publicación oficial en el Registro Federal.
- 31 de enero de 2027: termina el período cubierto por este aviso.
Qué dice la norma
La ley federal establece que el interés sobre estos depósitos lo fija el secretario del Tesoro, sin que nunca pueda pasar de 3 % anual. El reglamento agrega que tampoco puede ser menor que cero.
Según el aviso, el Tesoro calcula la tasa cada trimestre: es la menor de dos cifras, el promedio de las tasas de las letras del Tesoro a 91 días subastadas en el trimestre anterior o 3 %. Para este período, la tasa publicada es de 3 %, el tope. El aviso no detalla el cálculo de ese promedio.
El mismo reglamento explica otros puntos útiles:
- El interés se cuenta desde la fecha del depósito, tal como aparece en el recibo, hasta la fecha del reembolso o del incumplimiento (la fianza «breached»). El día del depósito no se cuenta.
- El interés se paga solo al final, cuando la fianza se cancela o se declara incumplida.
- Si la fianza se incumple, el depósito se pierde, pero ICE informa que sí devuelve al obligado el interés acumulado.
¿Esto afecta a los dominicanos?
No de forma específica: el aviso no distingue por nacionalidad. Afecta a quien, en Estados Unidos, haya pagado en efectivo una fianza de ICE, ya sea un ciudadano, un residente permanente o una organización autorizada a hacerlo. Puede ser, por ejemplo, un familiar de la persona detenida, y por eso conviene saber cómo funciona el interés. Para quienes viven en República Dominicana y no tienen una fianza de ICE, no cambia nada.
Si la fianza se contrató mediante una compañía de fianzas y no con un depósito en efectivo, este aviso no habla de ese caso, que depende de lo que diga tu contrato con esa compañía.
Qué no significa esto
- No es una regla nueva. La tasa se actualiza en avisos periódicos del Tesoro.
- No cambia los requisitos ni los montos de las fianzas migratorias.
- No cambia quién puede pedir fianza ni si un juez la concede.
- No es un pago inmediato. El interés se entrega al cancelarse la fianza o al declararse incumplida, no mes a mes.
- El interés lo define el Tesoro, no el juez ni ICE.
Qué podría pasar después
Después del 31 de enero de 2027, la tasa deberá fijarse otra vez con el mismo método. Podrá ser menor que 3 %, pero nunca superior a ese tope ni inferior a cero.
Qué hacer
- Si tú o un familiar pagaron una fianza migratoria en efectivo, guarda el recibo del depósito: la fecha que aparece en él es la que se usa para contar el interés.
- Conserva todos los documentos de la fianza y los datos del caso, incluidos los avisos de cancelación o de incumplimiento.
- Si tienes dudas sobre tu fianza o sobre el reembolso, consúltalas con ICE o con un profesional de confianza.
- Para preguntas sobre la tasa, el propio aviso indica la oficina del Tesoro que las atiende: la Funds Management Branch del Bureau of the Fiscal Service.
Cada caso es distinto. Antes de tomar decisiones sobre una fianza o un proceso migratorio, consúltalo con un profesional.
Esta información es general y no constituye asesoría legal. Cada caso es distinto: antes de tomar decisiones, consulta tu situación con un profesional.
Revisamos tu situación en una consulta y te decimos qué hacer.





