Dinero en efectivo incautado por CBPImagen: Foto: U.S. Customs and Border Protection · Wikimedia Commons · Dominio público

Vivir del dinero de un narco puede cerrarte la residencia

USCIS publicó el 23 de septiembre una guía para sus oficiales sobre quién es inadmisible por narcotráfico, trata de personas y lavado de dinero. Incluye a cónyuges e hijos que se beneficiaron del dinero a sabiendas en los últimos 5 años.

Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 4 min de lectura

El 23 de septiembre de 2026, USCIS publicó una guía nueva para sus oficiales sobre quién es inadmisible por narcotráfico, trata de personas y lavado de dinero. La guía incluye a la familia: el cónyuge, el hijo o la hija de un traficante pueden quedar inadmisibles si en los últimos 5 años recibieron algún beneficio de esa actividad y sabían, o debían saber, de dónde venía. Importa porque la inadmisibilidad puede cerrar una residencia, una visa de inmigrante o un ajuste de estatus.

Qué pasó

USCIS emitió la Alerta de Política PA-2026-14. Agrega la Parte D, sobre causales de inadmisibilidad criminales y relacionadas, al Volumen 8 del Manual de Políticas. Los capítulos nuevos son el 10 (traficantes de sustancias controladas), el 14 (traficantes de personas) y el 15 (lavado de dinero).

La guía entró en vigor de inmediato y se aplica a las solicitudes pendientes o presentadas a partir de la fecha de publicación. Reemplaza cualquier guía anterior sobre el tema.

Qué dice la guía

Las tres causales ya existían en la Ley de Inmigración y Nacionalidad: las secciones 212(a)(2)(C), (H) e (I). Lo nuevo es cómo deben aplicarlas los oficiales de USCIS.

  • Estándar de prueba: basta que el oficial tenga «motivos para creer» que hubo la conducta; no se exige una condena. Una sospecha sin pruebas no alcanza: debe haber una probabilidad respaldada por evidencia.
  • Carga de la prueba: siempre recae en quien pide el beneficio.
  • Narcotráfico: incluye actividades como comprar una sustancia con la intención de venderla o servir de intermediario entre proveedor y cliente, aunque haya ocurrido una sola vez.
  • Lavado de dinero: el oficial debe poder señalar hechos concretos de un delito federal de lavado, como hacer una transacción con dinero que se sabe de origen ilícito para ocultarlo o promover otra actividad ilegal.

La parte que toca a la familia

Para narcotráfico y trata de personas, la ley declara inadmisible al cónyuge, hijo o hija de un traficante que, dentro de los 5 años anteriores, obtuvo algún beneficio económico u otro beneficio de esa actividad y sabía, o razonablemente debía saber, que provenía de ahí.

  • Cónyuge: la causal solo aplica si el matrimonio sigue vigente cuando se decide el caso. Si hubo divorcio o fallecimiento, el excónyuge no queda inadmisible por esta causal, pero el oficial puede tomar en cuenta ese beneficio al decidir una solicitud discrecional.
  • Beneficios de hace más de 5 años: tampoco cuentan como causal, pero, si pides un beneficio discrecional, el oficial puede considerarlos como un factor negativo, y pesa cuánto tiempo pasó y cuánto dinero fue.
  • Hijos: en el caso de trata de personas, la ley exceptúa al hijo o hija que era un niño cuando recibió el beneficio. Para narcotráfico, la ley no contiene esa excepción.
  • El lavado de dinero no tiene una disposición equivalente para familiares.

¿Esto afecta a los dominicanos?

La guía no distingue nacionalidades. Aplica a cualquier persona que pida un beneficio que exija ser admisible, como el ajuste de estatus, una visa de inmigrante o la admisión como inmigrante, y puede incluir a dominicanos tanto en Estados Unidos como en República Dominicana. La guía es para oficiales de USCIS; los consulados dependen del Departamento de Estado, pero la ley que aplican es la misma.

No hay un efecto especial para la comunidad dominicana. Lo relevante es que el solicitante, o un familiar cercano de quien depende el trámite, haya tenido vínculos con estas actividades. El formulario I-485 pregunta por esto, incluidos los beneficios recibidos de un cónyuge o padre en los últimos 5 años.

Qué no significa esto

  • No es una ley nueva. Es una guía interna sobre causales que ya existían.
  • No marca a toda la familia de alguien acusado. Cuenta que hubiera un beneficio real y que supieras, o debieras saber, su origen.
  • No es lo mismo ser acusado que ser condenado, pero tampoco hace falta una condena: un arresto sin condena puede pesar si hay evidencia, aunque la sospecha sola no basta.
  • Enviar o recibir dinero no es lavado de dinero. La guía exige conocimiento del origen ilícito y la intención de ocultarlo o de promover otro delito.
  • No hay una dispensa general. La ley no ofrece una para estas causales. Existen dispensas en categorías específicas, como ciertos casos de víctimas de trata o de delitos (visas T y U) y testigos colaboradores (visa S).

Qué hacer

  • Si algún familiar tuvo problemas por drogas, trata de personas o lavado de dinero, consulta con un abogado de inmigración antes de presentar cualquier solicitud.
  • Guarda pruebas del origen de tus ingresos y bienes.
  • Responde con veracidad el formulario: en general, si USCIS usa información que tú desconoces para negarte el beneficio, debe darte la oportunidad de responder; pero mentir en la solicitud puede traer otra causal de inadmisibilidad.

Cada caso es distinto. Antes de tomar decisiones, consulta tu situación con un profesional.

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