Vivir del dinero de un narco puede cerrarte la residencia
USCIS publicó el 23 de septiembre una guía para sus oficiales sobre quién es inadmisible por narcotráfico, trata de personas y lavado de dinero. Incluye a cónyuges e hijos que se beneficiaron del dinero a sabiendas en los últimos 5 años.
Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 4 min de lectura
El 23 de septiembre de 2026, USCIS publicó una guía nueva para sus oficiales sobre quién es inadmisible por narcotráfico, trata de personas y lavado de dinero. La guía incluye a la familia: el cónyuge, el hijo o la hija de un traficante pueden quedar inadmisibles si en los últimos 5 años recibieron algún beneficio de esa actividad y sabían, o debían saber, de dónde venía. Importa porque la inadmisibilidad puede cerrar una residencia, una visa de inmigrante o un ajuste de estatus.
Qué pasó
USCIS emitió la Alerta de Política PA-2026-14. Agrega la Parte D, sobre causales de inadmisibilidad criminales y relacionadas, al Volumen 8 del Manual de Políticas. Los capítulos nuevos son el 10 (traficantes de sustancias controladas), el 14 (traficantes de personas) y el 15 (lavado de dinero).
La guía entró en vigor de inmediato y se aplica a las solicitudes pendientes o presentadas a partir de la fecha de publicación. Reemplaza cualquier guía anterior sobre el tema.
Qué dice la guía
Las tres causales ya existían en la Ley de Inmigración y Nacionalidad: las secciones 212(a)(2)(C), (H) e (I). Lo nuevo es cómo deben aplicarlas los oficiales de USCIS.
- Estándar de prueba: basta que el oficial tenga «motivos para creer» que hubo la conducta; no se exige una condena. Una sospecha sin pruebas no alcanza: debe haber una probabilidad respaldada por evidencia.
- Carga de la prueba: siempre recae en quien pide el beneficio.
- Narcotráfico: incluye actividades como comprar una sustancia con la intención de venderla o servir de intermediario entre proveedor y cliente, aunque haya ocurrido una sola vez.
- Lavado de dinero: el oficial debe poder señalar hechos concretos de un delito federal de lavado, como hacer una transacción con dinero que se sabe de origen ilícito para ocultarlo o promover otra actividad ilegal.
La parte que toca a la familia
Para narcotráfico y trata de personas, la ley declara inadmisible al cónyuge, hijo o hija de un traficante que, dentro de los 5 años anteriores, obtuvo algún beneficio económico u otro beneficio de esa actividad y sabía, o razonablemente debía saber, que provenía de ahí.
- Cónyuge: la causal solo aplica si el matrimonio sigue vigente cuando se decide el caso. Si hubo divorcio o fallecimiento, el excónyuge no queda inadmisible por esta causal, pero el oficial puede tomar en cuenta ese beneficio al decidir una solicitud discrecional.
- Beneficios de hace más de 5 años: tampoco cuentan como causal, pero, si pides un beneficio discrecional, el oficial puede considerarlos como un factor negativo, y pesa cuánto tiempo pasó y cuánto dinero fue.
- Hijos: en el caso de trata de personas, la ley exceptúa al hijo o hija que era un niño cuando recibió el beneficio. Para narcotráfico, la ley no contiene esa excepción.
- El lavado de dinero no tiene una disposición equivalente para familiares.
¿Esto afecta a los dominicanos?
La guía no distingue nacionalidades. Aplica a cualquier persona que pida un beneficio que exija ser admisible, como el ajuste de estatus, una visa de inmigrante o la admisión como inmigrante, y puede incluir a dominicanos tanto en Estados Unidos como en República Dominicana. La guía es para oficiales de USCIS; los consulados dependen del Departamento de Estado, pero la ley que aplican es la misma.
No hay un efecto especial para la comunidad dominicana. Lo relevante es que el solicitante, o un familiar cercano de quien depende el trámite, haya tenido vínculos con estas actividades. El formulario I-485 pregunta por esto, incluidos los beneficios recibidos de un cónyuge o padre en los últimos 5 años.
Qué no significa esto
- No es una ley nueva. Es una guía interna sobre causales que ya existían.
- No marca a toda la familia de alguien acusado. Cuenta que hubiera un beneficio real y que supieras, o debieras saber, su origen.
- No es lo mismo ser acusado que ser condenado, pero tampoco hace falta una condena: un arresto sin condena puede pesar si hay evidencia, aunque la sospecha sola no basta.
- Enviar o recibir dinero no es lavado de dinero. La guía exige conocimiento del origen ilícito y la intención de ocultarlo o de promover otro delito.
- No hay una dispensa general. La ley no ofrece una para estas causales. Existen dispensas en categorías específicas, como ciertos casos de víctimas de trata o de delitos (visas T y U) y testigos colaboradores (visa S).
Qué hacer
- Si algún familiar tuvo problemas por drogas, trata de personas o lavado de dinero, consulta con un abogado de inmigración antes de presentar cualquier solicitud.
- Guarda pruebas del origen de tus ingresos y bienes.
- Responde con veracidad el formulario: en general, si USCIS usa información que tú desconoces para negarte el beneficio, debe darte la oportunidad de responder; pero mentir en la solicitud puede traer otra causal de inadmisibilidad.
Cada caso es distinto. Antes de tomar decisiones, consulta tu situación con un profesional.
Esta información es general y no constituye asesoría legal. Cada caso es distinto: antes de tomar decisiones, consulta tu situación con un profesional.
Revisamos tu situación en una consulta y te decimos qué hacer.





