Viajar a tu país con permiso de viaje puede hacerte perder el asilo, dice la BIA
La Junta de Apelaciones de Inmigración confirmó el 7 de octubre que quien pide asilo y regresa a su país con advance parole, sin razones de peso, se considera que abandonó su solicitud.
Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 4 min de lectura
La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) decidió el 7 de octubre de 2026 que una persona con una solicitud de asilo pendiente que viaja con advance parole al país donde dice sufrir persecución, y no demuestra razones de peso para ese viaje, abandonó su solicitud. El abandono cubre el asilo, la suspensión de la deportación y la protección bajo la Convención contra la Tortura.
Qué pasó
El caso se llama Matter of M-R-I- (30 I&N Dec. 137, Interim Decision #4258) y lo publicó la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) del Departamento de Justicia. El solicitante es un ciudadano de Nepal que pidió asilo y protección ante un juez de inmigración. Mientras su caso seguía abierto, DHS le aprobó advance parole, el permiso de viaje que permite salir y volver a entrar a Estados Unidos con un trámite pendiente. Lo usó dos veces:
- En 2016 viajó unos dos meses a Nepal, su país de origen.
- En 2018 viajó otros dos meses a India, donde se reunió con familiares nepaleses.
En 2020, el juez le negó el asilo y la suspensión de la deportación al concluir que había abandonado su solicitud al regresar a Nepal. La BIA confirmó esa conclusión, desestimó su apelación y negó su pedido de devolver el caso al juez.
En qué se apoyó la Junta
La decisión se basa en una norma que ya existía, el reglamento 8 C.F.R. 1208.8(b). Según la Junta, esa regla dice que quien sale de Estados Unidos con advance parole y regresa al país donde dice sufrir persecución se presume que abandonó su solicitud, a menos que demuestre «razones de peso» para ese regreso.
El solicitante explicó que extrañaba a su familia y que le preocupaban su madre y su familia después del terremoto de 2015. El juez, y luego la Junta, consideraron que no era suficiente: la salud de su madre y el terremoto habían ocurrido mucho antes del viaje, y además pudo ver a su familia en India, un país distinto al que dice que no puede volver.
La Junta también explicó que el abandono alcanza a toda la solicitud, no solo al asilo. Y recordó que quien pide asilo tiene la obligación de probar que reúne los requisitos, y que lo que cuenta es lo que hay en el expediente, no lo que argumenten los abogados.
¿Esto afecta a los dominicanos?
La decisión no menciona a ninguna nacionalidad y no trata de la República Dominicana. Aun así, puede importar a cualquier dominicano con una solicitud de asilo pendiente que considere viajar a su país con advance parole, por una emergencia familiar, por ejemplo. Para esas personas, el viaje no es un detalle: puede ser usado en su contra para sostener que ya no temen volver.
La decisión trata de solicitantes de asilo. No analiza otros casos en los que también se usa advance parole, como un ajuste de estatus pendiente, así que no conviene aplicarla por analogía sin asesoría.
Qué no significa esto
- No es una ley nueva ni una regla nueva del gobierno. La Junta aplicó una norma vigente y explicó su alcance.
- No significa que cualquier viaje con advance parole cancele un asilo. La regla se refiere a regresar al país de la supuesta persecución, y permite demostrar razones de peso.
- Es la decisión de un caso concreto, pero como precedente de la BIA obliga a los jueces de inmigración de todo el país. La persona afectada todavía puede acudir a una corte federal de apelaciones.
Qué hacer
- Si tienes una solicitud de asilo pendiente, no viajes a tu país de origen sin consultarlo antes con un abogado o representante acreditado, aunque tengas el permiso de viaje aprobado.
- Si ya viajaste por una emergencia, guarda pruebas de por qué fue necesario: documentos médicos, actas, fechas, boletos y mensajes.
- Mantén tus direcciones al día ante USCIS y la corte, y revisa tus fechas de audiencia.
- Antes de decidir cualquier cosa sobre tu caso, consulta con un profesional de inmigración. Cada situación es distinta y esta nota no sustituye una asesoría individual.
Puedes leer la decisión completa en el sitio de la EOIR del Departamento de Justicia.
Esta información es general y no constituye asesoría legal. Cada caso es distinto: antes de tomar decisiones, consulta tu situación con un profesional.
Revisamos tu situación en una consulta y te decimos qué hacer.





