DHS confirma el fin de la extensión automática del permiso de trabajo
Una regla final de DHS, programada para el 14 de octubre, mantiene sin cambios el fin de la extensión automática del EAD para renovaciones presentadas desde el 30 de octubre de 2025.
Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 3 min de lectura
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) firmó una regla final que confirma, sin ningún cambio, el fin de la extensión automática del permiso de trabajo (EAD, formulario I-766) para quienes presentan la renovación mientras USCIS procesa el trámite. El documento está programado para publicarse en el Registro Federal el 14 de octubre de 2026.
Qué pasó
El 30 de octubre de 2025, DHS publicó una regla provisional (interim final rule) que terminó con la práctica de extender automáticamente un EAD cuando se había presentado a tiempo la renovación en ciertas categorías. La regla de ahora responde a los comentarios del público sobre esa norma y la adopta como final, sin modificaciones. DHS recibió 653 comentarios durante el período de comentarios posterior a la regla provisional.
En la práctica, el cambio principal ya estaba en vigor desde octubre de 2025. Lo nuevo es que deja de ser una norma provisional y pasa a ser definitiva.
Qué dice la norma
- Si presentas la renovación del EAD el 30 de octubre de 2025 o después, tu permiso ya no se extiende automáticamente mientras esperas la decisión, salvo que otra parte del reglamento, una ley o un aviso del Registro Federal (por ejemplo, para el TPS) disponga otra cosa.
- Antes de ese cambio, muchas categorías recibían hasta 180 días de extensión, y en periodos recientes DHS la había ampliado temporalmente hasta 540 días.
- Los permisos que ya habían recibido una extensión automática antes del 30 de octubre de 2025 no se ven afectados.
DHS explica que busca priorizar la revisión y el escrutinio de cada persona, y confirmar que sigue siendo elegible, antes de emitir un nuevo periodo de autorización de trabajo.
Lo que estima el propio gobierno
En el análisis económico de la regla, DHS calcula que, en una ventana de 18 meses que empieza en mayo de 2027, entre 20,000 y 33,000 permisos podrían vencerse por las demoras en las renovaciones. También estima unos $138.1 millones en pérdida de productividad para empleadores y $312.1 millones en costos de rotación de personal. Son proyecciones del gobierno, con rangos amplios, no cifras definitivas.
¿Esto afecta a los dominicanos?
Afecta a cualquier persona, incluidos los dominicanos, que trabaje con un EAD que necesite renovar, por ejemplo mientras tiene un trámite de residencia o de asilo en proceso. No afecta a los residentes permanentes ni a los ciudadanos, que no necesitan un EAD para trabajar.
Qué no significa esto
- No cancela los permisos que hoy están vigentes: cada EAD sigue válido hasta su fecha de vencimiento.
- No cambia los requisitos para calificar a un permiso de trabajo.
- No es una restricción totalmente nueva: finaliza la regla que ya se aplicaba desde octubre de 2025.
Qué podría pasar
Como la regla ya se aplicaba, el efecto práctico depende de cuánto tarde USCIS en resolver cada renovación. Cuando el trámite tarda más que la vigencia que le queda al EAD, la persona puede quedar sin autorización para trabajar durante ese tiempo. Organizaciones de inmigrantes y empleadores presentaron comentarios en contra, y DHS los respondió en la regla final sin cambiar el texto. Si surgen demandas contra la norma, lo informaremos cuando existan documentos oficiales.
Qué hacer
- Revisa hoy la fecha de vencimiento de tu EAD y anótala.
- Presenta la renovación con tiempo. USCIS recomienda hacerlo hasta 180 días antes del vencimiento y, según la propia regla, no rechaza una solicitud elegible solo por enviarla más temprano.
- Si tu permiso vence antes de recibir el nuevo, no puedes seguir trabajando con el anterior. Avisa a tu empleador a tiempo y consulta qué opciones tienes.
- Revisa tu caso con un profesional de inmigración antes de tomar decisiones; esta nota es informativa y no sustituye una asesoría individual.
Puedes leer el texto completo en el Registro Federal y la información general de la agencia en el sitio oficial de USCIS.
Esta información es general y no constituye asesoría legal. Cada caso es distinto: antes de tomar decisiones, consulta tu situación con un profesional.
Revisamos tu situación en una consulta y te decimos qué hacer.





