El IRS propone la regla del crédito del seguro médico: qué inmigrantes califican
El IRS y el Tesoro propusieron reglamentar el crédito de prima de ACA. Aplica los límites que la ley de 2025 puso a los inmigrantes con presencia legal; todavía es una propuesta y hay comentarios hasta fines de noviembre.
Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 3 min de lectura
El 14 de octubre de 2026 el IRS y el Departamento del Tesoro dejaron disponible para su revisión pública una propuesta de regla sobre el crédito fiscal que ayuda a pagar el seguro médico del mercado de ACA (Obamacare), conocido como Premium Tax Credit. Su publicación oficial en el Registro Federal está prevista para el 15 de octubre. Varios titulares dijeron que el IRS “prohíbe” el crédito a inmigrantes; el documento es más limitado: reglamenta cómo se aplican cambios que ya había aprobado el Congreso.
Qué pasó
La propuesta (REG-101576-26) actualiza los reglamentos de la sección 36B del Código de Rentas Internas para reflejar los cambios que hizo la ley de julio de 2025, conocida como One Big Beautiful Bill. Son 60 páginas y tocan varios temas: verificación de datos al inscribirse, ciertos períodos de inscripción especial y el cálculo del crédito. Este artículo se limita a lo que afecta a inmigrantes. Puedes leer el documento del IRS en el Registro Federal.
Qué dice sobre los inmigrantes
- Desde el año fiscal 2026: un inmigrante con presencia legal que gana menos del 100 % del nivel federal de pobreza y no califica para Medicaid por su estatus ya no puede recibir el crédito. La ley eliminó esa excepción y la propuesta la borra de los reglamentos.
- Desde el año fiscal 2027: la ley define quiénes son “extranjeros elegibles”. Según el texto de la ley, son los residentes permanentes, las personas con estatus de entrante cubano o haitiano y quienes residen legalmente bajo los Pactos de Libre Asociación (países del Pacífico como Micronesia o las Islas Marshall). La propuesta explica que, si un miembro de tu familia tiene presencia legal pero no entra en esas categorías, la parte de la prima que le corresponde se excluye del cálculo del crédito de la familia.
- Verificación: la propuesta indica que el mercado de seguros debe verificar la ciudadanía o la presencia legal de la persona para que sus meses cuenten como meses con cobertura para el crédito.
¿Esto afecta a los dominicanos?
Depende de tu situación. Los residentes permanentes y los ciudadanos siguen dentro del grupo elegible, y esta propuesta no les quita el crédito. Los más expuestos son las familias de estatus mixto y las personas con visa, TPS, asilo, refugio o DACA que hoy compran seguro en el mercado de ACA. Para ellas, lo que cambia viene de la ley de 2025 y de cómo la apliquen el IRS y el mercado de seguros; no de una decisión nueva de este documento.
Qué no significa esto
- Es una propuesta de regla. Todavía no está en vigor y puede cambiar después de los comentarios del público.
- El IRS no creó los límites. Los puso el Congreso en la ley de 2025; el IRS escribe cómo se aplican.
- No cambia el estatus migratorio de nadie. Trata solo de quién puede recibir un crédito de impuestos.
- No reemplaza las reglas de tu estado ni del mercado de seguros. Las fechas y requisitos de inscripción dependen de cada mercado.
Fechas importantes
- Los comentarios pueden enviarse por el portal Regulations.gov hasta unos 45 días después de la publicación en el Registro Federal, es decir, a fines de noviembre de 2026.
- Hay una audiencia pública telefónica el 8 de diciembre de 2026 a las 10 a. m. (hora del Este). Quien quiera hablar debe pedirlo antes de que cierre el período de comentarios.
Qué hacer
- Si compras seguro en el mercado de ACA, revisa tu cobertura para 2027 durante la inscripción abierta.
- Si en tu familia hay personas con estatus distintos, anota quién tiene qué estatus: puede cambiar cómo se calcula el crédito.
- Consulta con un asesor de seguros del mercado de tu estado o con un profesional de impuestos antes de decidir. Si tu duda es sobre tu estatus migratorio, consulta con un abogado o profesional acreditado de inmigración.
Esta información es general y no constituye asesoría legal. Cada caso es distinto: antes de tomar decisiones, consulta tu situación con un profesional.
Revisamos tu situación en una consulta y te decimos qué hacer.





