Sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito en Nueva Orleans, con bancas de madera oscura y la bandera de EE. UU.Imagen: Carol M. Highsmith · Biblioteca del Congreso (vía Wikimedia Commons) · Dominio público

Corte federal avala detener sin fianza a inmigrantes que llevan años en EE. UU.

El Quinto Circuito, en pleno, decidió que ICE puede detener sin audiencia de fianza a quienes entraron sin inspección. Aplica en Texas, Luisiana y Misisipi; la Corte Suprema revisará el tema.

Por Equipo de Bridge Visa Coaching · · 4 min de lectura

La Corte de Apelaciones del Quinto Circuito, reunida en pleno con sus 17 jueces, decidió el 23 de octubre de 2026 que el gobierno puede detener, sin una audiencia individual de fianza, a inmigrantes que llevan años viviendo en Estados Unidos sin haber sido admitidos. El fallo aplica en Texas, Luisiana y Misisipi, y llega días después de que la Corte Suprema aceptara revisar la misma discusión legal.

Qué pasó

El caso, Sosnava Rodríguez v. Vergara (No. 26-50183, junto con otros dos expedientes), reúne a tres hombres: dos mexicanos y un hondureño. Según la opinión de la corte, llevaban entre 12 y 22 años en el país sin haber sido inspeccionados ni admitidos, dos de ellos con hijos ciudadanos estadounidenses. Los tres fueron detenidos por ICE después de paradas de tráfico, entre noviembre de 2025 y febrero de 2026, y quedaron presos mientras avanzaban sus casos de deportación.

Tribunales federales de Texas les dieron la razón y ordenaron liberarlos o darles una audiencia para que un juez evaluara si eran peligrosos o si podían huir. En julio, un panel de tres jueces del mismo circuito confirmó esas órdenes y fijó una regla nueva: una audiencia a más tardar a los 90 días de detención. La corte decidió entonces revisar el caso en pleno y suspendió las órdenes de los tribunales inferiores.

Qué decidió la corte

La opinión de la mayoría, escrita por el juez Cory T. Wilson, concluye que los tres hombres no tenían derecho a una audiencia individual sobre peligrosidad o riesgo de fuga antes de ser detenidos mientras duran sus procesos de deportación. También concluye que el tiempo que llevaban presos no planteaba un problema constitucional que justificara liberarlos. En consecuencia, revocó las decisiones de los tribunales inferiores y anuló las órdenes de liberación.

La detención se basó en la sección 1225(b)(2)(A) de la ley migratoria (8 U.S.C. § 1225). Bajo la interpretación del gobierno, que la corte ya había respaldado en febrero en otro caso (Buenrostro-Mendez v. Bondi), quien entró sin inspección es tratado como «solicitante de admisión» y su detención es obligatoria durante todo el proceso.

El resultado quedó 10 a 7: nueve jueces firmaron la opinión de la mayoría, la jueza Priscilla Richman coincidió con el resultado y siete jueces disintieron en varios escritos. Quienes disintieron sostienen que la Constitución protege a toda persona dentro del país y que mantener presa a alguien durante todo su caso, sin que un juez revise la detención, rompe con décadas de práctica.

¿Esto afecta a los dominicanos?

Solo de forma directa a quienes estén detenidos en Texas, Luisiana o Misisipi. La mayoría de la comunidad dominicana en Estados Unidos vive en Nueva York, Nueva Jersey, Massachusetts, Florida y Pensilvania, estados que pertenecen a otros circuitos. El fallo se refiere a personas que entraron sin inspección. Según la propia opinión, el Primero, el Segundo y el Tercero, entre otros, han rechazado la interpretación del gobierno, así que la situación de un detenido depende de dónde esté preso.

Qué no significa esto

  • No es una ley nueva ni una orden nacional: es una decisión de un circuito, que solo obliga a los tribunales de Texas, Luisiana y Misisipi.
  • No decide el caso migratorio de nadie. Cada persona sigue pudiendo defenderse ante el juez de inmigración, pedir asilo u otro alivio si le corresponde.
  • No es la última palabra. La Corte Suprema aceptó el 1 de octubre revisar la cuestión en el caso Rhoney v. Barbosa da Cunha, procedente del Segundo Circuito, y su decisión podría fijar una regla para todo el país.

Qué podría pasar

Con tantos circuitos en desacuerdo, el fallo de la Corte Suprema será el que defina si estas personas pueden pedir libertad bajo fianza. Hasta entonces, cada tribunal aplica la regla de su región.

Qué hacer

Si tú o un familiar están detenidos por ICE, lo más importante es saber en qué lugar está detenida la persona y bajo qué disposición legal, porque de eso depende si puede pedir fianza. Consulta con un abogado de inmigración antes de tomar decisiones y revisa la información oficial en el sitio del Quinto Circuito y en la opinión completa. Esta nota es informativa y no sustituye asesoría legal individual.

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